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    ¿Mi cargo de violencia doméstica en el condado de Orange dará lugar a una orden de protección?

    Publicado en: 6 de abril de 2024 by ley dod

    Orden de protección contra la violencia doméstica | Ley del Departamento de Defensa | San Diego | condado de OrangeOrden de protección contra la violencia doméstica en el condado de Orange

    Si ha sido arrestado o acusado de violencia doméstica en el Condado de Orange, es posible que se entere de una orden de protección o que esté sujeto a ella. Si este es el caso, es posible que se pregunte si su cargo de violencia doméstica en el Condado de Orange resultará en una orden de protección y qué pasará si así ocurre. Este artículo proporcionará una breve descripción general de las órdenes de protección y analizará lo que puede esperar del proceso. Además, este artículo abordará cómo un abogado defensor de violencia doméstica del Condado de Orange puede ayudarlo a minimizar el impacto que una orden de protección tiene en su vida.

    ¿Qué es una orden de protección?

    Una orden de protección, también conocida como orden de restricción, es una orden judicial que impide que una persona que afirma ser víctima de acoso o abuso (“la parte protegida”) sufra acoso o abuso adicional por parte de otra persona (“la persona restringida”). Las órdenes de protección se presentan en cuatro formas generales: (1) órdenes de restricción por acoso civil, que protegen a partes sin una relación íntima; (2) órdenes de restricción por abuso de adultos mayores o dependientes; (3) órdenes de restricción por violencia en el lugar de trabajo; y (4) órdenes de restricción por violencia doméstica, que serán el tema central de este artículo.

    Las órdenes de restricción por violencia doméstica protegen a las partes que tienen una relación íntima actual o pasada o que están relacionadas por sangre. Pueden durar desde meses hasta cinco años e incluso pueden extenderse más allá de los cinco años, dependiendo de los hechos del caso. Se puede emitir una orden de restricción a petición de la víctima o por orden del tribunal, lo último de lo cual se denomina orden de protección penal o CPO.

    Las órdenes de protección le impiden tener contacto con alguien y pueden provocar que pierda el derecho a interactuar con miembros de su familia, incluidos sus hijos. Pueden imponer condiciones a su interacción con otras personas, como exigir supervisión cuando visite a sus hijos. También se le puede impedir estar en ciertos lugares e incluso verse obligado a mudarse de su casa. Como tal, es imprescindible contar con un abogado defensor experto en violencia doméstica en el Condado de Orange para garantizar que las interrupciones en su vida y sus relaciones se mantengan al mínimo.

    El proceso de orden de protección civil

    El proceso de emisión de una orden de protección en casos de violencia doméstica comienza con una orden de restricción de emergencia, o ERO. Esta orden se emite cuando los agentes del orden responden a una llamada de violencia doméstica. Para obtener una ERO, los funcionarios se comunican con un juez de guardia que tiene la tarea de escuchar las apelaciones de ERO. Si se conceden, las ERO pueden durar hasta siete días o hasta que entre en juego el siguiente paso en el proceso de la orden de protección.

    El siguiente paso en el proceso es una orden de restricción temporal o TRO. Una TRO no requiere una audiencia; un juez simplemente revisa una declaración que analiza la situación y decide si se justifica una TRO. Si el juez concede una TRO, emitirá un comunicado conteniendo los motivos para otorgar la orden y cuándo se llevará a cabo una audiencia para una Orden de Restricción Permanente (PRO). Esta TRO durará unas semanas hasta la audiencia PRO.

    En la audiencia del PRO, un juez escucha los argumentos de ambas partes y decide si otorga la orden de alejamiento permanente sin jurado. En esta audiencia, usted tiene derecho y debe estar representado. Su asesor legal defenderá sus derechos y presentará su versión de los hechos ante el tribunal.

    El proceso de orden de protección penal

    Las órdenes de protección penal (CPO), también conocidas como “órdenes de alejamiento”, tienen una función similar a las ERO, TRO y PRO mencionadas anteriormente, pero las inicia y emite un juez en un tribunal penal. Los jueces dictan rutinariamente CPO en los casos en que un acusado es acusado de violencia doméstica. Estas órdenes pueden durar de tres a diez años y pueden ir desde permitir el contacto pacífico hasta exigir que el acusado abandone su hogar.

    ¿Estaré sujeto a una orden de protección debido a mi cargo de violencia doméstica?

    Dada esta información, probablemente se pregunte si estará sujeto a una orden de protección. Si bien cada caso es diferente, es más probable que los jueces otorguen órdenes de protección si existe una amenaza creíble de violencia, hay lesiones presentes o el acusador afirma ser víctima de acoso o acecho. Si ninguno de estos elementos está presente, será menos probable que un juez otorgue una orden de restricción o una CPO. Incluso si se otorga algún tipo de orden de protección, la falta de lesiones, amenazas o acoso puede hacer que los términos de la orden otorgada sean menos estrictos y permitir que el acusado mantenga contacto con su familia, permanezca en su hogar y mantenga su vida intacta. .

    Tener un defensor a su lado durante este procedimiento le brinda la mejor oportunidad de presentar su caso ante el juez y minimizar o eliminar el impacto que cualquier posible orden de protección tendrá en su vida. Un abogado defensor experto en violencia doméstica del Condado de Orange conocerá la ley que rige las órdenes de protección y ayudará a enfatizar las pruebas más beneficiosas para su caso.

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